sábado, 20 de junio de 2009

#2 INDEPENDENCIA JUDICIAL



La independencia cumple una función de medio a fin pues sirve para asegurar la imparcialidad de la desición, garantiza a cada titular de la función judicial un desenvolvimiento concorde con la misma. La autonomía del Poder Judicial exige una organización que excluya indebidas intromisiones de otros poderes del Estado en especial del poder ejecutivo e implica limitar la actuación administrativa sobre los funcionarios del Poder judicial para evitar que las influencias políticas y gubernamentales pudieran mermar o interferir de manera directa o indirecta en la independencia que debe caracterizar el ejercicio de sus funciones.
Nuestra Constitución consagra este principio en el art. 210:
“Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y no están sometidos más que a la Constitución y a la ley”, tal principio lo establece el Código Judicial también en su art. 2.

El principio de independencia judicial como norma fundamental del proceso y del Derecho Procesal, se reconoce expresamente en todos los Convenios, Pactos y Declaraciones internacionales.
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos el artículo 10 señala: “ Toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad , a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial , para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal ”.
Así mismo los principios básicos de Naciones Unidas señalan en cuanto a la independencia personal del juez que: “Los jueces resolverán los asuntos en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencia, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualquier sector o por cualquier motivo.” En cuanto a la independencia institucional del Órgano Judicial los mismos señalan que: “La judicatura será competente en todas las cuestiones de índole judicial y tendrá autoridad exclusiva para decidir si una cuestión que le haya sido sometida está dentro de la competencia que le haya atribuido la ley. No se efectuarán intromisiones indebidas o injustificadas en el proceso judicial”.

Este principio presupone que los juzgadores, en su importante tarea de declaración de los derechos en que consiste en esencia la función jurisdiccional, deben estar en condiciones de ejercer sus delicadas atribuciones sin coacción, con absoluta libertad y alejados de presiones, intereses o temores que puedan torcer o menoscabar su condición de servidor público no dependiente en una verdadera y recta administración de justicia.

Al respecto se expresa Couture: “De la dignidad del juez depende la dignidad del derecho. El derecho valdrá, en un país y en un momento histórico determinados, lo que valgan los jueces como hombres. El día en que los jueces tengan miedo ningún ciudadano podrá dormir tranquilo. ”
Sin juzgador realmente independiente el valor del derecho es nulo y la función jurisdiccional no alcanza su fin primordial, desfigurándose la noción de Estado de derecho. Para asegurar constitucionalmente la independencia judicial es preciso que la propia Constitución contenga ciertas disposiciones encaminadas a hacer efectiva tal independencia estableciendo la determinación de la constitución, funcionamiento y gobierno de los juzgados y tribunales, así como el estatuto jurídico de los jueces y magistrados que forman un cuerpo único y del personal al servicio de la administración de justicia. Así mismo es necesario que se establezca la forma de escoger los funcionarios del ramo, también lo referente a la estabilidad, remuneración, incompatibilidades e idoneidad de los mismos.
Resulta evidente que a toda costa debemos defender esta independencia como único medio válido para conseguir una magistratura apta para cumplir la tan sagrada misión que se le ha encomendado, logrando así la imparcialidad, que es la esencia de la jurisdicción. La finalidad de rodear al magistrado y al Órgano Judicial de una total independencia, así como establecerle deberes y responsabilidades, es la de obtener una mejor justicia, o sea, salvaguardar y asegurar el ejercicio de los derechos de los individuos, que son protagonistas esenciales del drama judicial.
La independencia no es un valor en sí mismo, sino solo un medio para obtener la imparcialidad, aspecto fundamental de la función jurisdiccional.


Mónica T. Lozada E. (32) 8-820-30

4 comentarios:

  1. El principio de independencia judicial es muy importante como norma fundamental del proceso y del Derecho Procesal, ya que con este se logra la imparcialidad que es esencia de la jurisdicción.

    Este principio de independencia judicial presupone la esencia de la función jurisdiccional y tales juzgadores deben poseer las condiciones necesarias para ejercer sus atribuciones sin coacción. Con libertad y sin interés alguno que pueda influir en su condición de servidor publico e impedir su labor administrativa de justicia.

    Sin un juzgador independiente el valor del derecho es nulo y la función jurisdiccional no alcanza su fin primordial.

    Para que la independencia judicial tenga eficacia es necesario que la constitución contenga ciertas disposiciones, ya sea el funcionamiento y gobierno de los juzgados y tribunales, también es necesario que se establezca la forma de escoger a los funcionarios del ramo, su remuneración e idoneidad de los mismos.

    (40) Alexandra Rangel
    8-832-1718

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  2. La independencia judicial es uno de los elementos fundamentales contenidos en el debido proceso. Sirve para constatar que las decisiones que tome el juez no tienen influencia, coacción, presión, amenaza, intromisión o intimidación de algún tipo, ya que el juez solo responde a lo que establece la ley y la Constitución.

    Así lo implanta nuestra constitución al comienzo del artículo 210 y del mismo modo el Código Judicial en su artículo 2 al decir: “Los Magistrados y Jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y no están sometidos más que a la Constitución y a la Ley…”

    El Código Judicial agrega además en su artículo 61 que el Estado garantiza a los funcionarios judiciales la plena independencia en su actuación y asegura el desempeño del cargo según el principio de inamovilidad y el disfrute de los derechos que le son debidos en consideración al alto fin que cumplen. Significa que para que el Juez sea removido tiene que existir una causal determinada en la ley, lo que le otorga independencia.

    Esto es así porque la autonomía del Poder Judicial exige una organización que excluya indebidas intromisiones de otros poderes del Estado, para así asegurar que se cumpla la justicia y se salvaguarde y asegure el ejercicio de los derechos de los individuos, como apunta este artículo.

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  3. la independencia judicial es de suma importancia ya que esta garantiza que el debido proceso en un juicio se lleve a cabalidad. esto es de suma importancia a su vez porque garantiza que otros organos de el estado interfieran en las decisiones que toma ya sea organo judicial en calidad de un juez asignado o magistrado ya que estos solo deben seguir lo que dicta la norma y la constitucion del pais.

    es necesario que defendamos esta independencia ya que como único medio para conseguir una magistratura apta para cumplir la misión que es administrar justicia, logrando así la imparcialidad y el debido proceso de los actos, que es la esencia de la jurisdicción.

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  4. En un Estado de Derecho debe darse la independencia judicial para que la autonomía del Poder Judicial se cumpla sin coacciones restricciones de ningún tipo. Ésta corresponde a un elemnto fundamental dentro del debido proceso en donde se busca que el juicio sea llevado a cabo por tribunales imparciales e independientes sometidos únicamente a la Constitución y la Ley.

    Se establece que los otros Órganos del Estado no pueden interferir en las decisiones del Órgano Judicial, haciendo especial alución al Ejecutivo por su capacidad de mando, así evitando que las influencias políticas y/o gubernamentales interfieran en las decisiones.

    Con la independencia del Poder Judicial se busca la imparcialidad de los magistrados y jueces para hacer llegar de forma directa una respuesta fundada en justicia para todos aquellos mimebros de una sociedad que acudan a los tribunales con este fin.

    Adriana Berroa
    número: 9
    cédula: 8-820-69

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